(SociedadesAnónimas,deResponsabilidadLimitadayCoope-rativas )
TEORÍA ( doctrina, jurisprudencia )
y......
PRÁCTICA (legislación, casos y formularios)
Justificación : Partiendo el Autor de la creencia que el Derecho ( como la Religión, la Historia, la Filosofía, el Psicoanálisis, la Ciencia Política y si me apuran la Medicina ) es un género literario y que ésta es una obra dirigida fundamentalmente al pequeño accionista , cooperativista, socio de una S.L. es decir al destinatario natural de la norma que generalmente desconoce y no alcanza a comprender la jerga de abogados, fiscales, jueces; pueblo llano ( gente corriente como Vd. y como yo )y está escrita tal como me comprometo en el Propósito de la Obra -con el mejor deseo de claridad, me permito incluirla entre el elenco de mis obras literarias que al fin y al cabo la literatura es una gran olla en la que cabe todo lo que le echen.
DERECHO PENAL SOCIETARIO
PROPOSITO DE LA OBRA.
Si claridad es la del filósofo, transparencia debiera ser la cortesía del jurista
Recuperar el viejo espíritu de los glosadores, clarificar las fuentes haciendo de ellas, en conformidad a nuestro aforismo lo que no está en la fuentes, es dispersión el núcleo del análisis, para, una vez precisadas, concordadas, pulidas e interpretadas dichas fuentes, transmitir su contenido a su destinatario natural, en este caso empresarios y entorno profesional, me parece un propósito útil y a él se dedica esta obra. Propósito que el Autor asume no como simple acatamiento a la fuente ( que sería la fibra, el urdimbre con que se teje la teoría) - a su autoridad formal sino como método de clarificación y comprensión de los conceptos, pues el derecho su pulpa- son sus fuentes ; el resto, algarabía.
La obra intenta reconvertir al ámbito mercantil las prescripciones de nuestro nuevo Código Penal recogiendo su última reforma de la Ley 15/2003 de 25 de noviembre ( con las gotas añadidas para su mejor comprensión y mayor efectividad por la Circular 1/2006 de la Fiscalía General del Estado ) y concretar en términos empresariales : cuentas anuales, junta de accionista, administrador de derecho, órganos societarios, derecho de voto... las exigencias y responsabilidades penales, amalgamando sus contornos y analizando de qué manera dos corrientes jurídicas de muy distinta tradición y contenidos convergen y refunden gracias a los mecanismos de remisión ( normas penales en blanco ) en un nuevo todo denominado Derecho Penal Societario.
Dado que el contenido de los delitos societarios típicos con la excepción del artlº 294 y del 297forman una unidad ( podríamos hablar por sus conexiones y engramas de un organismo) un bloque homogéneo que a efectos de manejo y claridad ha sido fraccionado en 5 tipos ( el del 290, 291, 292, 293 y 295 del C.P.) vértices de un pentágono- formalmente distintos pero formando un todo global :coherente y cohesionado, una Gelstat ; isla cada uno de ellos del archipiélago de Los Delitos Societarios
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